Tabla de códigos de velocidad

Código A B D F G J K L M N P Q R S T U H V W Y Z
Km/h 40 50 65 80 90 100 110 120 130 140 150 160 170 180 190 200 210 240 270 300 >300

Tabla de Índices de carga

Índice cargaKg.
50 190
51 195
52 200
53 206
54 212
55 218
56 224
57 230
58 236
59 243
60 250
61 257
62 265
63 272
64 280
65 290
66 300
67 307
68 315
69 325
70 335
71 345
72 355
73 365
74 375
Índice cargaKg.
75 387
76 400
77 412
78 425
79 437
80 450
81 452
82 475
83 487
84 500
85 515
86 530
87 545
88 560
89 580
90 600
91 615
92 630
93 650
94 670
95 690
96 710
97 730
98 750
99 775
Índice cargaKg.
100 800
101 825
102 850
103 875
104 900
105 925
106 950
107 975
108 1000
109 1030
110 1060
111 1090
112 1120
113 1150
114 1180
115 1215
116 1250
117 1285
118 1320
119 1360
120 1400
121 1450
122 1500
123 1550
124 1600

Tablas de equivalencias

¿Qué es un índice de carga? Es el peso que el fabricante del neumático indica que puede soportar ese neumático montado en un vehículo. Este valor viene marcado por una cifra que tiene su equivalencia en KG. Y que puedes comprobar su valor en la tabla adjunta.

¿Qué es el código de velocidad? Es la velocidad máxima que el fabricante del neumático indica que puede llegar a alcanzar dicho neumático. Este código viene indicado por una letra que equivale a dicha velocidad y puedes comprobar en la tabla adjunta.

¿Se puede montar un neumático de diferente código de velocidad o índice de carga que el que lleva originalmente la moto? Todas las motos tienen una ficha de características técnicas donde vienen reflejados entre otras cosas las dimensiones del neumático y los códigos de carga y velocidad homologados. Un neumático se puede sustituir por una medida equivalente admitiéndose una tolerancia del +/- 3% de su medida original en cuanto a su diámetro nominal que es el que nos puede dar una variación en la altura o geometría de la moto. En el apartado tabla de equivalencias ITV puedes comparar la equivalencia entre dos medidas de neumáticos.

Esta diferencia es admitida por la ITV y podemos decir que es legal pero no se admite ni se puede bajar el índice de capacidad de carga del neumático homologado, es decir, podemos variar la medida pero siempre con el mismo índice de carga o superior que el homologado por el fabricante del vehículo.

Tampoco se puede montar un neumático con un código de velocidad inferior salvo en los casos siguientes:

  • Neumático de invierno. Se admite un código de velocidad equivalente a 130 kms/h en el caso de los neumáticos homologados por el fabricante del mismo como neumático de invierno, que deberá llevar inscrito junto a la medida las letras M+S, aun que el neumático homologado en la ficha técnica sea de un código superior.
  • Neumático multiservcio. Se admite un código de velocidad equivalente a 130 kms/h en el caso de los neumáticos homologados por el fabricante del mismo como neumático multiservicio, que deberá llevar inscrito junto a la medida las letras MST, aun que el neumático homologado en la ficha técnica sea de un código superior.